El humorista Ángel Garó formalizó una demanda de 395.000 euros contra Mediaset y la productora La Fábrica de la Tele en el Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid

El panorama audiovisual español afronta un nuevo y trascendental capítulo en el marco de la macrocausa penal conocida como Operación Deluxe.
El humorista y actor Ángel Garó ha formalizado un avance sustancial en el procedimiento judicial que se instruye en el Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid, solicitando una indemnización de 395.
000 euros dirigida de forma solidaria contra el grupo de comunicación Mediaset España, la productora La Fábrica de la Tele y los principales responsables ejecutivos, directores y colaboradores del desaparecido programa Sálvame.
Este requerimiento se fundamenta en los graves daños morales y profesionales derivados de la difusión continuada en antena de datos personales de carácter íntimo, expedientes médicos confidenciales y documentación restringida de origen policial.

La instrucción judicial examina de manera exhaustiva si determinados contenidos emitidos de forma sistemática en el formato televisivo incorporaron información procedente de bases de datos policiales de acceso estrictamente reservado, tales como los sistemas Argos y Cindepol.
La acusación particular ejercida por la representación legal de Garó tipifica estos hechos como presuntos delitos de descubrimiento y revelación de secretos, cohecho y tráfico de influencias, al sospecharse la existencia de una red de intercambio de información sensible a cambio de contraprestaciones.
El procedimiento, que se encuentra actualmente en la fase de diligencias previas, mantiene bajo la condición de investigados al director del programa, David Valldeperas, al subdirector Alberto Díaz, al redactor Isaac Pulido, al productor ejecutivo Óscar Cornejo, así como a varios de los tertulianos habituales del espacio televisivo.
El núcleo de la demanda se sostiene sobre el análisis de diversas emisiones en las que los colaboradores aludieron de forma directa y explícita a la posesión de atestados policiales internos.
Uno de los hitos procesales más significativos de la acusación se sitúa en una emisión correspondiente al mes de junio del año 2017, jornada en la que el colaborador Gustavo González afirmó en directo disponer de copias de las diligencias policiales que afectaban a la esfera estrictamente privada del artista.
Recientemente, la Fiscalía ha respaldado la gravedad de la trama solicitando penas de prisión para el mencionado colaborador y para otros integrantes del equipo técnico y creativo del programa, al hallar indicios sólidos de una filtración coordinada e ilegal de datos protegidos.

El escrito de acusación presentado ante el juzgado madrileño detalla minuciosamente el catálogo de informaciones sensibles que fueron expuestas ante audiencias millonarias.
Además de las referencias constantes a denuncias cruzadas en el ámbito familiar, el programa habría divulgado contenidos extraídos directamente de partes médicos de urgencias, comunicaciones privadas de servicios de mensajería y fragmentos íntegros de informes de filiación policial.
Ante este escenario, la defensa del humorista reclama no solo la depuración de las responsabilidades penales individuales de los periodistas e investigadores privados implicados, sino la declaración de responsabilidad civil subsidiaria de las personas jurídicas que sustentaban el negocio televisivo, obligando a Mediaset y a su productora aliada a responder financieramente por el lucro obtenido a costa de la intimidad del demandante.
Este procedimiento judicial pone de manifiesto las profundas tensiones existentes en el ordenamiento jurídico contemporáneo entre el derecho fundamental a la libertad de información y el derecho constitucional a la protección de la intimidad, el honor y los datos personales.
La resolución definitiva de esta pieza separada sentará un precedente jurisprudencial de enorme relevancia en el sector de los medios de comunicación en España.
El dictamen no solo determinará la cuantía de las indemnizaciones por daños al honor, sino que establecerá límites normativos inequívocos frente al uso espurio de documentación policial y judicial restringida en contenidos televisivos de carácter sensacionalista, redefiniendo las consecuencias legales para aquellas corporaciones que utilicen mecanismos de espionaje institucional para nutrir los índices de audiencia en los programas de entretenimiento.

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