El Tribunal Supremo ratificó la condena al colaborador televisivo Kiko Hernández por vulnerar el derecho al honor y la intimidad de Julia Janeiro Campanario al desestimar su recurso de casación

 

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El panorama de los medios de comunicación y la prensa del corazón en España ha registrado un punto de inflexión definitivo tras la última resolución dictada por el Tribunal Supremo en Madrid.

El alto tribunal ha decretado la inadmisión a trámite del recurso de casación interpuesto por el conocido colaborador de televisión Kiko Hernández, ratificando de manera firme la sentencia previa de la Audiencia Provincial de Cádiz.

Con este dictamen, la justicia española cierra una prolongada disputa legal y condena al comunicador al pago de una indemnización que, sumada a las costas procesales e intereses devengados, ronda los cincuenta mil euros en favor de Julia Janeiro Campanario, hija del torero Jesulín de Ubrique y de María José Campanario.

La resolución judicial pone fin a la vía ordinaria de recurso y consolida un severo correctivo para las prácticas de difusión informativa de la antigua cúpula del principal canal del grupo Mediaset.

 

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Los hechos que originaron este litigio se remontan a la emisión de una serie de espacios televisivos en la cadena Telecinco, bajo la dirección y presentación de figuras del medio como Carlota Corredera, María Patiño y Belén Esteban.

Durante dichos programas, se difundieron de manera sistemática diversas informaciones falsas y comentarios que afectaban directamente a la esfera íntima y a la reputación social de la joven demandante, quien apenas acababa de alcanzar la mayoría de edad.

La estrategia de defensa de Julia Janeiro, dirigida de forma técnica por el abogado Mario Bonacho, articuló la demanda argumentando la existencia de una intromisión ilegítima en el derecho al honor y a la propia intimidad personal.

El fallo judicial inicial determinó una responsabilidad civil compartida que obligaba a la cadena de televisión a abonar la suma de ciento noventa mil euros, una cantidad que la empresa audiovisual optó por abonar de forma íntegra en segunda instancia al desestimar la opción de prolongar el proceso ante el Tribunal Supremo.

 

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A diferencia de la estrategia corporativa de la cadena televisiva, Kiko Hernández decidió agotar los cauces procesales e impugnar la sentencia condenatoria ante la máxima instancia judicial del país, buscando una revisión formal de la cuantía fijada en concepto de daños morales.

Sin embargo, los magistrados del Tribunal Supremo han desestimado de plano sus alegaciones al considerar que no concurren los requisitos jurídicos necesarios para modificar un dictamen que ya había sido evaluado de forma exhaustiva por los profesionales de los tribunales de rango inferior.

La firmeza del fallo obliga al tertuliano a asumir de forma inmediata las consecuencias económicas del proceso, un escenario que debilita de manera notable su posición y reputación en el sector del entretenimiento institucional y que ejemplifica el endurecimiento de los criterios judiciales frente a los excesos verbales en horario de máxima audiencia.

Este triunfo legal no solo representa un desahogo económico y reputacional para la familia Janeiro-Campanario, sino que coincide con una profunda reestructuración profesional para la demandante.

Tras lograr el amparo definitivo de los tribunales frente a la difusión irresponsable de contenidos lesivos, Julia Janeiro ha iniciado una nueva etapa laboral en la cadena competidora, Antena 3, donde participa en un formato televisivo alejado de la crónica social y el debate de confrontación personal.

El desenlace de este caso es interpretado por los analistas jurídicos como un contundente aviso para los creadores de contenido de la prensa rosa que durante años disfrutaron de un amplio margen de impunidad en la televisión nacional, marcando un precedente de protección del derecho a la privacidad de los hijos de personajes públicos frente a la búsqueda de audiencias masivas en el ecosistema mediático español.

 

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